Nueva delimitación oficial del recinto portuario de San Felipe

El Gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que establece la nueva delimitación del recinto portuario de San Felipe, Baja California, abarcando una superficie total de 982,497.1950 metros cuadrados (aproximadamente 98.25 hectáreas). El documento, firmado por el secretario de Marina, Raymundo Pedro Morales Ángeles, y la secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Alicia Bárcena Ibarra, entró en vigor el 13 de octubre de 2026 y define las áreas marítimas y terrestres destinadas a la operación e infraestructura portuaria, respetando los derechos de terceros y concesiones preexistentes.

Distribución de superficies y composición del recinto

El recinto está compuesto mayoritariamente por zona federal marítima (agua), con 919,199.7489 m², complementada por 56,855.3655 m² de zona federal marítimo-terrestre y 6,442.0806 m² de terrenos ganados al mar. Dentro de esta última categoría se distinguen 5,079.6214 m² de superficie general y 1,362.4592 m² correspondientes a superficie de edificación. La administración de estas áreas quedará a cargo de la Secretaría de Marina (SEMAR), con el objetivo de atender las necesidades de operación portuaria, transporte marítimo de altura, cabotaje y costa fuera.

Diferencia técnica en la medición de terrenos ganados al mar

El acuerdo detalla una discrepancia de aproximadamente 653.31 metros cuadrados respecto a registros anteriores (acta de entrega-recepción de junio de 2026 que sumaba 7,095.39 m²). Las autoridades explican que la variación obliga a la actualización tecnológica: los datos previos provenían de un levantamiento topográfico de 1994, mientras que la nueva delimitación emplea ortofotogrametría, imágenes satelitales corregidas y sistemas GNSS de alta precisión. Se aclara que esta diferencia responde a metodologías y condiciones físicas actuales, no a una pérdida física de territorio.

Protección de concesiones y derechos de terceros

El instrumento jurídico garantiza la vigencia de todas las concesiones, permisos y autorizaciones otorgados con anterioridad, manteniendo sus condiciones originales hasta su conclusión. Los bienes federales dentro del recinto podrán destinarse a instalaciones y servicios portuarios bajo el régimen legal correspondiente, y las construcciones adheridas permanentemente al dominio público pasarán a propiedad de la Nación al extinguirse las concesiones. Este marco brinda certeza jurídica a los actuales titulares de derechos en la zona.

Sujeción a normativa ambiental y programas de desarrollo

Las actividades dentro del nuevo perímetro deberán apegarse estrictamente a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Puertos y el Programa Maestro de Desarrollo Portuario vigente. Las autoridades conservan sus facultades de vigilancia incluso en áreas concesionadas. Este componente es crucial dado el contexto del Alto Golfo de California, aunque el acuerdo no modifica vedas, horarios de acceso para pescadores ni permisos de captura, ni asigna presupuestos para nuevas obras específicas.

Contexto municipal y antecedentes de gestión

La delimitación surge en un municipio que ha solicitado activamente apoyo federal para fortalecer su infraestructura y sector productivo. En junio de 2026, el Gobierno municipal gestionó ante la SEMAR y otras dependencias el respaldo a la actividad pesquera, infraestructura y suministro eléctrico. Asimismo, en octubre de 2025, se documentaron gestiones estatales para ordenar el acceso de embarcaciones menores, problemática que la nueva delimitación administrativa no resuelve directamente, pero que sienta las bases territoriales para una futura planeación ordenada.

Vigencia y coordenadas oficiales

El acuerdo, firmado el 30 de septiembre de 2026, incluye los cuadros de construcción y coordenadas georreferenciadas que identifican los límites oficiales. Su aplicación inició al día siguiente de su publicación en el DOF (13 de octubre de 2026), estableciendo el espacio físico sujeto al régimen administrativo federal portuario. La medida proporciona certeza jurídica y territorial para el desarrollo ordenado del puerto, equilibrando operación, derechos adquiridos y sostenibilidad ambiental.

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