Luis Miguel Ramírez/EL VIGÍA
lramirez@elvigia.net | Ensenada, B. C.
La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) ha comunicado los límites de captura permitidos para la pesca de especies menores en las aguas del Océano Pacífico y el Golfo de California. Este organismo, que forma parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, ha especificado que las especies en cuestión son la anchoveta, la macarela y la sardina, correspondientes a la temporada de pesca 2026. Se enfatiza que esta decisión está basada en la evaluación técnica proporcionada por el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables (Imipas), con el fin de asegurar el uso sostenible de los recursos y la conservación de estas poblaciones.
Desde la costa occidental de la península de Baja California, los volúmenes de captura permitidos para la sardina del Pacífico (Sardinops sagax) son de 338 mil 122 toneladas, mientras que para la anchoveta norteña se establecen 119 mil 175 toneladas. Además, para la sardina crinuda (Opisthonema spp.), se autorizan 19 mil 209 toneladas, y para la macarela (Scomber japonicus), se permiten 12 mil 316 toneladas.
En cuanto a la pesca permitida en el sur del Golfo de California, los límites para la sardina crinuda (Opisthonema spp.) son de 116 mil 743 toneladas, mientras que para la sardina monterrey (Sardinops sagax), se permiten 128 mil 545 toneladas. En esta región, el volumen autorizado para la macarela (Scomber japonicus) es de 59 mil 585 toneladas, y para la anchoveta norteña (Engraulis mordax), se fijan 230 mil 736 toneladas.
En la zona del centro-norte del Golfo de California, la sardina crinuda (Opisthonema libertate) tiene un límite de captura de 242 mil 718 toneladas, y la sardina bocona (Cetengraulis mysticetus) cuenta con 130 mil 769 toneladas disponibles. La Conapesca ha destacado que estas pesquerías son vitales, representando hasta el 50% de las capturas a nivel nacional, generando alrededor de 5 mil empleos directos en el noroeste de México y de 20 mil a 25 mil empleos indirectos a lo largo del país.
Según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), estas disposiciones estarán vigentes durante todo el año y se aplicarán a los titulares de permisos y concesiones de pesca comercial en el aprovechamiento de pelágicos menores. También será de aplicación para capitanes, motoristas, pescadores y tripulantes de las embarcaciones involucradas, así como a todas las personas que realicen estas actividades en las áreas y épocas establecidas.
La Conapesca informará por escrito a los titulares cuando se esté cerca de alcanzar el límite de captura permitido. Esto permitirá determinar el momento adecuado para cesar las operaciones de pesca. Las personas que no cumplan con las regulaciones establecidas enfrentarán las sanciones correspondientes según la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y otras normativas pertinentes.