Creación del Consejo de Paz en Baja California

El 28 de julio de 2025, el Gobierno del Estado de Baja California emitió un decreto que establece el Consejo de Paz para la Reconstrucción del Tejido Social. Esta nueva figura tiene como objetivo promover una cultura de paz y la cohesión comunitaria en respuesta a la creciente violencia. Sin embargo, al examinar su marco normativo, contexto institucional y base legal, surgen preguntas relevantes: ¿realmente se trata de una verdadera estrategia de reconstrucción social o es una reestructuración institucional que debilita la participación ciudadana en cuestión de seguridad?

Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana

La Constitución Política del Estado de Baja California, a través de su artículo 7, reconoce el derecho humano a vivir libre de corrupción y a contar con seguridad ciudadana. Este principio obliga a todas las autoridades a implementar políticas públicas integrales, preventivas y sin omisiones. Curiosamente, este derecho no fue impulsado por el poder público, sino que es resultado de la demanda organizada de la ciudadanía, que logró incluir el derecho a la seguridad en el marco normativo estatal. Este hecho pone de relieve que la ciudadanía no solo ha sido víctima de la inseguridad, sino que también ha desempeñado un papel activo en la creación del marco legal que la protege.

Omisión de Órganos Establecidos

El decreto mencionado ignora completamente a los órganos establecidos por la Ley de Seguridad Pública del Estado, como el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública Estatal y los Comités Ciudadanos Municipales. Estos órganos cuentan con atribuciones específicas, que incluyen la evaluación de políticas públicas, la promoción de reformas legislativas, la supervisión de programas preventivos y la vinculación con autoridades de los tres niveles de gobierno. Su exclusión en la nueva estructura institucional representa más que un error técnico: es una desarticulación que socava la gobernanza democrática.

El Reglamento del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado de Baja California, aprobado el 4 de noviembre de 2022, establece que este organismo debe participar en la formulación del Programa Estatal de Seguridad Ciudadana, así como fomentar la inclusión de organizaciones civiles y la ciudadanía. Estas funciones convierten al Consejo en un elemento clave para conectar a la ciudadanía organizada con el diseño institucional en asuntos de seguridad.

Las disposiciones presentes en el reglamento contrastan con el decreto del nuevo Consejo de Paz, que desplaza estructuras legales sin modificar la ley de mayor jerarquía, alterando el diseño institucional sin la aprobación del Congreso del Estado y obviando principios fundamentales como la representatividad ciudadana. En resumen, se trata de un acto administrativo que, aunque bien intencionado en su enfoque, carece de coherencia legal y excluye instrumentos que ya permiten la voz de la ciudadanía.

Reconocimiento de la Situación Social

El decreto reconoce una “grave descomposición del tejido social” provocada por la ola de violencia, admitiendo que el miedo y la desconfianza han penetrado en la población, dificultando el regreso a una cultura de paz. Sin embargo, esta observación cultural evita abordar de manera directa los índices de inseguridad y la falta de eficacia en prevención y justicia. En vez de afrontar el problema en su raíz institucional, se propone una solución simbólica que desvía el foco hacia una narrativa emocional.

Recomendaciones para la Reforma del Decreto

Si el propósito del Consejo de Paz es cambiar el paradigma de seguridad, como sugiere el decreto, este cambio no puede lograrse mediante estructuras aisladas ni omisiones legales. Es necesario replantear la seguridad desde la comunidad, con un enfoque preventivo, de justicia restaurativa y corresponsabilidad pública, lo cual solo es viable fortaleciendo los mecanismos ciudadanos existentes en lugar de sustituirlos sin consulta.

Por ello, se sugiere reformular el decreto para crear un Consejo de Paz como un órgano complementario, relacionado con el Consejo Ciudadano Estatal y los comités municipales, y asegurar una convocatoria inclusiva, que respete el reglamento vigente y permita la evaluación pública de los resultados.

Finalmente, la paz social no se impone con decretos: debe ser una construcción colectiva, legal y participativa. Si la estructura creada por el decreto excluye a los actores legítimos del proceso, no actuará como herramienta de pacificación, sino que será un indicio de regresión democrática en un tema tan crucial para la población: su seguridad y dignidad.

 

Guillermo E. Rivera Millán es Director General del despacho De la Peña y Rivera S.C.
Fundador de Justicia que Transforma México A.C.

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