Concesión de prisión domiciliaria por razones humanitarias
El exgobernador de Baja California, Ernesto Ruffo Appel, de 74 años, abandonó el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 1 “Altiplano” la tarde del sábado tras obtener el beneficio de la prisión domiciliaria. La determinación judicial, fundada en su avanzada edad y en las condiciones médicas que requiere para preservar su estabilidad de salud, fue notificada tras una audiencia celebrada el viernes anterior. El traslado hacia su residencia en Ensenada se efectuó por vía terrestre bajo el resguardo de la Guardia Nacional.
Itinerario y trámites legales pendientes
Según confirmaron su hija Verónica Ruffo y el abogado defensor Juan Marcos Gutiérrez González, el exmandatario realizaría una escala en Mexicali para atender diligencias jurídicas antes de arribar a su domicilio final. Las autoridades federales acordaron esta ruta de desplazamiento desde la Ciudad de México, priorizando las necesidades logísticas y de seguridad del interno. La familia agradeció las gestiones realizadas y reiteró su compromiso de continuar el proceso legal hasta demostrar su inocencia.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial
El juez federal Mario Elizondo Martínez resolvió modificar la medida cautelar tras valorar los elementos aportados por la defensa, los cuales acreditaban el deterioro físico del acusado derivado de la reclusión. El litigante enfatizó que no se trata de un privilegio discrecional, sino del reconocimiento al derecho humano que asiste a los adultos mayores de 70 años para enfrentar su proceso en libertad, derecho que se robustece cuando concurren padecimientos de salud incompatibles con la estancia penitenciaria.
Postura de la defensa sobre el debido proceso
El maestro en derecho Juan Marcos Gutiérrez calificó la resolución como un avance significativo hacia el respeto del debido proceso, aunque advirtió que resta camino por recorrer. La estrategia jurídica continuará enfocada en pilares fundamentales como la presunción de inocencia y la exigencia de prueba de responsabilidad más allá de toda duda razonable. El defensor sostuvo que su cliente es procesado únicamente por su vínculo societario con la empresa Ingemar S.A. de C.V., sin que exista una conducta concreta que le sea imputable directamente.
Antecedentes: amparo previo y causa penal
Previamente, el 21 de septiembre, el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal había concedido una suspensión definitiva contra la prisión preventiva oficiosa; sin embargo, dicha resolución no logró modificar la situación jurídica del imputado en ese momento. Ruffo Appel permanece interno desde el 16 de julio de 2024, vinculado a la causa penal 253/2024 por los delitos de delincuencia organizada y contrabando de combustible.
Posición institucional de la Fiscalía General
Por su parte, la Fiscalía General de la República (FGR) manifestó su respeto irrestricto a la presunción de inocencia y al debido proceso. La institución precisó que, hasta la fecha de la resolución, no había recibido notificación formal alguna por parte de la defensa solicitando el cambio de modalidad de la medida cautelar a prisión domiciliaria, deslindándose de la gestión inmediata de la excarcelación.
Perspectivas del proceso penal en curso
Mientras el exgobernador cumple la medida cautelar en su hogar, el proceso penal continúa su trámite ordinario. La familia y el equipo legal mantienen la postura de que la vinculación a proceso carece de sustento fáctico directo y confían en que las siguientes etapas procesales permitan desvirtuar la imputación. El caso sigue bajo la lupa de la opinión pública por tratarse del primer gobernador de oposición en la historia moderna de México.