MEXICALI BC 22 DE JULIO DE 2025 (AFN).- El proyecto 2025 relacionado con los protocolos de seguridad en las escuelas presenta cuatro fallas estructurales: no abordan las realidades específicas de cada institución educativa, carecen de asignación presupuestaria, no definen claramente las responsabilidades legales de las autoridades educativas según el tipo de riesgo, y no incluyen directrices adecuadas para los casos en que el infractor sea menor de edad. Esto es especialmente crítico cuando hay una tensión entre los derechos individuales y la seguridad colectiva, advirtió Guillermo Rivera, experto del despacho De la Peña y Rivera.

La semana pasada, la secretaria de educación de Baja California, Irma Martínez Manríquez, anunció que el protocolo estará preparado para el inicio del próximo ciclo escolar y cuenta con el respaldo de los sindicatos. En este contexto, el abogado recordó que el documento en vigor desde 2022 identifica 20 riesgos en el ámbito escolar y cita 24 normas aplicables.

“El reglamento que se busca implementar incorpora prácticamente los mismos riesgos, pero con algunas variaciones, ampliando el marco a 38 normas e incluyendo herramientas como atención emocional primaria, expediente de evidencias y rutas legales interinstitucionales”, aseguró.

El especialista indicó que también se ha dejado de regular de manera adecuada la participación de padres y madres de familia, así como de los Consejos Escolares de Participación Social, quienes están convocados en el Proyecto 2025 sin una ruta jurídica clara ni el respaldo institucional necesario. Esta intervención debe estar diseñada de acuerdo con el principio de corresponsabilidad interdependencial para evitar cargas informales o ambigüedades funcionales.

Desde un enfoque técnico, Rivera señaló que los riesgos escolares pueden clasificarse en cinco categorías: psicosociales, estructurales, ambientales, interpersonales y jurisdiccionales. Esta clasificación permitiría establecer protocolos diferenciados y mecanismos de intervención apropiados, ya sean preventivos, legales, restaurativos o interinstitucionales, distribuyendo funciones según el principio de subsidiariedad operativa.

Ante este escenario, manifestó que Baja California debe tomar decisiones legislativas significativas, ya sea replicando la Ley PROTEM de Morelos o reformando su marco jurídico educativo de forma integral.

“Legislar desde esquemas idealizados impone obligaciones inoperables; legislar desde la precariedad limita la capacidad institucional. El inicio técnico debe buscar un equilibrio entre la exigencia legal y las condiciones reales del sistema escolar”, concluyó.

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