El 17 de julio, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) publicó la Recomendación 4/2025, dirigida a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal de Tijuana (SSPCM) debido a un caso de tortura sexual hacia un hombre. Este es el primer pronunciamiento de este tipo en la administración del alcalde Ismael Burgueño Ruiz, del partido Morena.

Jorge Álvaro Ochoa Orduño, ombudsperson, señaló que en este caso se evidencian acciones de la autoridad que corroboran la violación del derecho a la integridad personal, por tortura sexual y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, sancionados a dos agentes de la Policía Municipal.

La víctima fue detenida por elementos policiales y, aunque hubo discrepancias en los testimonios, la CEDHBC constató que sufrió lesiones como resultado de la tortura posterior a su arresto. Según su relato, el 11 de febrero de 2016, al terminar su turno en una gasolinera, tomó un taxi pero fue asaltado en la colonia Postal, donde un individuo armado lo obligó a cargar mercancía a una camioneta.

Aprovechando un momento de distracción de los delincuentes, logró escapar y pidió ayuda a una patrulla. En cambio, los policías lo inmovilizaron y agredieron, acusándolo de robo. Fue esposado y golpeado, sufriendo torturas sexuales que incluyeron agresiones físicas en sus partes íntimas, todo bajo amenazas.

Al ser detenido, se le acusó de robo con violencia y portación de arma sin licencia, siendo llevado a la Delegación Mesa de Otay y luego a la Procuraduría General de la República (PGR) en la madrugada del 12 de febrero. El 13 fue ingresado al Centro de Reinserción Social (Cereso) de Tijuana y su abogado presentó una queja ante la CEDHBC el 17. A finales de febrero, fue liberado por falta de pruebas.

La CEDHBC destaca la necesidad de visibilizar las consecuencias de la violencia sexual en hombres, desafiando estereotipos en la sociedad mexicana. Resaltan que la tortura sexual es una práctica que se ha normalizado, siendo un método de control social ampliamente utilizado.

La Comisión solicita que la SSPCM compense integralmente a la víctima, incluyendo atención psicológica y psiquiátrica, y que se tomen medidas preventivas, como incluir recomendaciones en los expedientes laborales de los policías involucrados y realizar análisis de su perfil psicológico. La respuesta sobre la aceptación de esta recomendación debe darse en un plazo de diez días hábiles.

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