Ciudad de México, 30 de diciembre de 2024
Boletín de Prensa utcsyd-356
A PARTIR DEL 2 DE ENERO DE 2025, LAS ORGANIZACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO CONSTITUIDAS COMO AGRUPACIÓN POLÍTICA LOCAL PODRÁN INICIAR SU REGISTRO ANTE EL INSTITUTO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Los siguientes documentos son necesarios:
Para las Asociaciones Civiles: Se debe presentar el acta constitutiva protocolizada ante Notario Público, que evidencie la creación de la Agrupación Política Local. También es necesario presentar una copia simple del acuerdo o registro que otorgue el Concejo, junto con la documentación emitida por la autoridad electoral y por los partidos políticos que tengan registro vigente. Además, se requiere un ejemplar del proyecto de los documentos básicos: declaración de principios, programa de acción, estatutos y protocolo para prevenir, atender y erradicar la violencia política por razón de género; un formato de aceptación de notificaciones electrónicas; y un formato de capacidad económica por cada integrante asociada, así como por cada miembro del órgano directivo en caso de una asociación civil.
Las organizaciones deberán asegurarse de cumplir todos los requisitos establecidos, ya que son fundamentales para el registro. Esto incluye la presentación de un aviso de privacidad simplificado, que declare que las personas involucradas en la agrupación son de carácter personal. Asimismo, es necesario contar con un contrato de apertura de cuenta bancaria a nombre de la asociación política local, según corresponda.
Los formatos están disponibles en línea, y se puede acceder a ellos a través de www.iecm.mx. Se recuerda que el periodo para la presentación de documentos es de diez días hábiles, donde las organizaciones interesadas deben asistir personalmente para entregar su información.
Las organizaciones que hayan recibido notificaciones de intención que resulten aprobadas se les otorgarán las claves de acceso al portal web y al sistema de admisión para verificar el número mínimo de afiliados, lo que es esencial para el registro como agrupación política local. A partir de ese momento, podrán presentar calendarios de asambleas, según sea necesario, y proceder con la constitución local.
Para consultar los requisitos y el proceso de registro, se puede acceder a la convocatoria en https://www.iecm.mx/www/sites/ppl_apl/.
–O0O–